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REGLAMENTE DE PATROCINIO



REGLAMENTO DE PATROCINIO
(Aprobado por Comisión Directiva el 7 de setiembre de 2007)

La siguiente reglamentación debe ser aplicada a todas las personas físicas, entidades externas, Secciones Científicas, Capítulos, Comités y Comisiones de la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria (AAMR) que soliciten a la Comisión Directiva (CD) de la asociación, patrocinio para la realización de actividades relacionadas con la Medicina Respiratoria. Tal solicitud debe ser dirigida exclusivamente en forma directa a dicha CD no admitiéndose ninguna otra vía alternativa de solicitud.

Título 1: Consideraciones generales

Artículo 1: El nombre de AAMR y su logo e isologo están registrados según la ley de patentes y marcas vigente, no pudiendo ser utilizados por terceros sin autorización previa de la CD.

Artículo 2: La utilización del patrocinio de la AAMR debe estar siempre enmarcado dentro de los estatutos de la asociación.

Artículo 3: Las Secciones Científicas, Capítulos, Comités y Comisiones de la AAMR deben cumplir con las reglas y formas para la obtención del patrocinio.


Título 2: Reglas y Formas

Artículo 1: Las actividades que soliciten patrocinio serán evaluadas por las siguientes estructuras:
1- Comisión de Docencia e Investigación: evalúa contenidos.
2- Comisión de Recertificación y Certificación: otorga el puntaje que corresponda. Este puntaje genera créditos para los asociados y de esta manera la CD realiza el control de calidad de las actividades a patrocinar.

Artículo 2: La solicitud del patrocinio se deberá encuadrar dentro de las siguientes figuras que la AAMR define para otorgar el mismo:

2.1- Organización (Organiza) En este caso las estructuras de la asociación definen los objetivos y contenidos de las actividades y la AAMR participa en el recupero económico-financiero de las mismas como entidad independiente.

2.2- Auspicio (Auspicia) La CD podrá otorgar el auspicio de actividades previa evaluación de los contenidos, no interviniendo en la elaboración de los mismos. En este caso la AAMR podrá establecer un canon por la concesión del mismo.

2.3- Aval (Avala). Este término será reservado sólo para aquellas actividades o acciones que relacionadas con la medicina respiratoria, sean generadas por instituciones u organismos no relacionados con la AAMR pudiendo recibir o no un canon por el uso de su logo o isologo.

2.4- Adhesión (Adhiere) La CD utilizará este término cuando no intervenga en la organización ni reciba canon por la utilización de su emblema.
Artículo 3: Para agilizar el mecanismo de autorización, si la cantidad de solicitudes así lo requiere, la CD podrá crear una comisión ad-hoc para el tratamiento de este tema.
Artículo 4: El mecanismo de presentación de las solicitudes y otras consideraciones se expresan a continuación:
4.1- La solicitud formal de patrocinio deberá ser elevada a la CD de la AAMR, en la persona del Presidente, con una antelación no menor a los 60 días previos al evento. Dicha solicitud deberá presentarse en el marco de una carta en la que se explicitará el objetivo de la solicitud del patrocinio dentro de los considerandos incluidos en el documento que establece los requisitos de presentación (Anexo II). La misma podrá ser enviada por 3 vías: correo (Av. Sta Fe 3553, 7º Piso, Depto. 23 , CP1425BGK, Ciudad Autónoma de Buenos Aires), fax (48317514) o correo electrónico (aamr@aamr.org.ar). La Secretaría de la AAMR acusará recibo del material y enviará inmediatamente al remitente el presente reglamento asimismo como los Anexos I y II asociados.
4.2- Para la solicitud de patrocinio se deberá remitir al presente reglamento, al documento de Normas de Procedimiento Administrativo para su aplicación (Anexo I) y al documento de Estructura para la Presentación de Actividades a Patrocionar (Anexo II).
4.3- En caso de ser una actividad con costo a cargo del asistente, se deberá establecer un descuento a los Socios de la AAMR con cuota al día.
4.4- La AAMR se compromete a dar difusión entre sus asociados de todas las actividades patrocinadas. La mencionada difusión se hará por todos los medios disponibles a su alcance al momento de la aprobación del patrocinio.
4.5- La AAMR se reserva el derecho de fiscalizar, evaluar y controlar las actividades en cualquier momento del proceso de las mismas.
4.6- La CD, en uso de sus atribuciones, fijará los créditos correspondientes a cada actividad como resultado de lo evaluado por la Comisión de Recertificación y Certificación. Los asociados podrán utilizar dichos créditos en las actividades curriculares, certificación y recertificación de la especialidad. Quedan incluidas todas las formas de actividad docente posibles (presenciales, a distancia y digitales)

Artículo 5 - Es facultad de la CD decidir si la actividad científica por la que se solicita el patrocinio reúne condiciones relevantes que justifiquen el patrocinio solicitado o no, reservándose el derecho de denegar tal solicitud. La CD deberá expedirse a partir de los 30 días corridos a partir de la fecha de la presentación de la solicitud, cuando ésta haya cumplido con los requisitos estipulados. Toda vez que se conceda el patrocinio la AAMR se compromete a proceder a su difusión, de tal modo que patrocinio aprobado y difusión son conceptos asociados; de ello surge que no puede haber patrocinio sin difusión ni difusión sin patrocinio.
Artículo 6: En relación a actividades que se generen con otras asociaciones, sociedades ó instituciones, se aplicará la presente reglamentación en todas sus formas.

Artículo 7: Los eventos científicos susceptibles del otorgamiento de patrocinio por la AAMR, no podrán coincidir en fechas o competir, por sus objetivos, con las actividades que revistan el carácter de “organizada” por la AAMR incluyéndose las actividades centrales anuales de la misma, como ser las Jornadas Regionales y el Congreso Anual de Medicina Respiratoria.

Artículo 8: Cualquier circunstancia no prevista en el presente Reglamento será resuelta por la CD de la AAMR.

Artículo 9: El presente Reglamento es propiedad intelectual de la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria. No podrá ser copiado total ni parcialmente, ni reproducido por terceros sin la expresa autorización de la CD.

Ver Anexo 1

Ver Anexo 2

A.A.M.R. - Asociación Argentina de Medicina Respiratoria - www.aamr.org.ar - email:aamr@aamr.org.ar
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